Publicada en la Gaceta Oficial Nro. 6.824 el 18 de julio de 2024, sancionada por la Asamblea Nacional y promulgada por el Ejecutivo Nacional tiene como objetivo principal establecer y desarrollar mecanismos para facilitar y promover la exportación de bienes y servicios no petroleros generados en Venezuela.
El pasado 12 de julio de 2024, fui publicado el Decreto número 4.972 en Gaceta Oficial No. 6.821 Extraordinario, en donde se fijó en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.
El 8 de mayo de 2024, fue publicada en Gaceta Oficial No. 6.806. Extraordinario la Ley de Protección de las Pensiones de Seguridad Social Frente al Bloqueo Imperialista, sancionada por la Asamblea Nacional (en adelante “Ley de Protección de Pensiones”).
El 10 de mayo de 2024, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control en inglés y en adelante “OFAC”) del Departamento del Tesoro de los EEUU OFAC emitió la Licencia General 8N (en adelante “LG8N”), la cual autoriza determinadas transacciones y operaciones necesarias para el mantenimiento limitado de operaciones, contratos o convenios esenciales en Venezuela, el marco del régimen de sanciones a Venezuela establecido por la OFAC.
El 17 de abril de 2024, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control en inglés y en adelante “OFAC”) del Departamento del Tesoro de los EEUU OFAC emitió la Licencia General 44A (en adelante “LG44A”), "Autorización para la terminación de transacciones relacionadas con operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela", que sustituye y reemplaza a la Licencia General 44. Esta licencia es otorgada en el marco del Régimen de Sanciones a Venezuela (VSR por sus siglas en inglés) establecido por la OFAC.
El lunes 29 de enero de 2024, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control “OFAC”) del Departamento del Tesoro de los EEUU, emitió la Licencia General número 43A, la cual revocó la autorización general que la Licencia General 43 había otorgado para el desarrollo amplio de actividades en el sector minero que involucraran a la Compañía General de Minería de Venezuela, C.A, (MINERVEN) y personas jurídicas asociadas; restringiendo así a un mínimo, las operaciones autorizadas.
Fueron publicadas en la página web del Tribunal Supremo de Justicia las Resoluciones Nros.: (i) 2023-0044, de fecha 06 de diciembre de 2023, y (ii) 2023-0057, de fecha 13 de diciembre de 2023, ambas dictadas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante las cuales se crearon ocho (8) Tribunales de Primera Instancia y tres (3) Tribunales de Segunda Instancia en el Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
El miércoles 18 de octubre de 2023, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Office of Foreign Assets Control en inglés y en adelante “OFAC”) del Departamento del Tesoro de los EEUU, emitió las Licencias Generales números 43 y 44 (en adelante “LG43” y “LG44”), las cuales autorizan ciertas operaciones en los sectores mineros, petrolero y gasífero. Estas licencias son otorgadas en el marco del Régimen de Sanciones a Venezuela (VSR por sus siglas en inglés) establecido por la OFAC.
Esta ley fue publicada en la Gaceta Oficial No. 6.755 pasado 10 de agosto de 2023, con el objeto principal es el de garantizar la coordinación y armonización de las potestades tributarias que corresponden a los estados y municipios, mediante el establecimiento de parámetros y limitaciones, tipos impositivos y las alícuotas aplicables.
El 1 de agosto de 2023 fue publicada en la Gaceta Oficial No. 42.682, la Resolución No. 414 del 28 de junio de 2023 dictada por el Ministerio del Poder Popular para la Salud, mediante la cual se prohíbe la fabricación, almacenamiento, distribución, circulación, comercialización, importación, exportación, uso, consumo, publicidad, promoción, y patrocinio de los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN), Sistemas Electrónicos Similares Sin Nicotina (SSSN), consumibles, depósitos o cartuchos, envases de consumibles de recarga y demás accesorios, Productos de Tabaco Calentado Convencionales (PTC Convencionales y Herbales) y productos análogos.