En la Gaceta Oficial No. 6.532 Extraordinario del pasado 27 de abril de 2020 fue publicado el Decreto No. 4.193, mediante el cual se incrementó el salario mínimo nacional y el monto del Cestaticket Socialista. A continuación se mencionan los aspectos más relevantes contenidos en esta norma.
- El Ejecutivo Nacional incrementó el salario mínimo nacional, quedando establecido en la cantidad de Bs. 400.000,00, para los sectores público y privado, a partir del 1° de mayo de 2020.
- Se fijó, igualmente, el aumento del salario mínimo nacional para los adolescentes aprendices, quedando establecido en la cantidad de Bs. 300.000,00 y, además, se ajustaron las tablas y tabuladores de la Administración Pública Nacional tomando como referencia el aumento porcentual del salario mínimo.
- Por su parte, el monto mínimo mensual de las pensiones de los jubilados y pensionados de la Administración Pública y de las pensiones pagadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S.) se estableció en la cantidad de Bs. 400.000,00, equivalente al monto del salario mínimo nacional mensual. Asimismo, el artículo 7 del Decreto prevé un nuevo beneficio de carácter no remunerativo a favor de los jubilados y pensionados, el cual también percibirán mensualmente a partir del 1 de mayo, a través de la Plataforma Patria, por un monto de Bs. 300.000,00. De esta manera, el ingreso total mensual mínimo de los pensionados y jubilados quedó establecido en Bs. 700.000,00.
- Además, se ordenó que los montos correspondientes a los beneficios sociales no salariales, de carácter no remunerativo, que son otorgados por el Estado a través de la Plataforma Patria, serán ajustados teniendo como referencia el aumento porcentual del salario mínimo, es decir, del equivalente al 60%.
- Igualmente, el Ejecutivo Nacional fijó el valor mensual del Cestaticket Socialista para todos los trabajadores que presten servicios en los sectores público y privado en la cantidad de Bs. 400.000,00 de modo que el ingreso total mensual mínimo de los trabajadores a nivel nacional quedó establecido en la cantidad de Bs. 800.000,00.
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